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| Condiciones de Uso del Servicio |
Al usar el Servicio de Software XRP usted está aceptando todas y cada una de las “Condiciones de Uso” del Servicio especificadas a continuación. Si usted no está de acuerdo con las mismas, NO debe utilizar el servicio bajo ningún punto de vista. PRIMERA: OBJETO. SEGUNDA: TERMINO DE LA LICENCIA 2.1. La licencia de uso temporaria otorgada tendrá un plazo de seis (6) meses contados a partir de la contratación del servicio, el cual comienza cuando se haya hecho efectivo el pago de los cargos correspondientes. En virtud del CONTRATO, el PRESTADOR faculta al CLIENTE en forma no exclusiva, para realizar los siguientes actos: 3.1. Utilizar el servicio XRP en la cantidad de usuarios contratados únicamente para propósitos de negocios internos sujeto a los términos y condiciones de estas Condiciones de Uso del Servicio. Todos los derechos no otorgados expresamente son reservados por el PRESTADOR. 3.2. Acceder a XRP desde cualquier lugar del mundo a través del SITIO. CUARTA: ACTOS VEDADOS AL CLIENTEEl PRESTADOR se reserva todas las facultades autorales no cedidas explícitamente. Al sólo efecto ejemplificativo, se aclara que: 4.1. El CLIENTE NO podrá : (iii) crear “links” de Internet al servicio o “marco”(frame) o “espejo”(mirror) ningún Contenido de otro servidor o radio u otro dispositivo con base en Internet. (iv) Hacer ingeniería inversa o acceder al servicio con el propósito de : (vi) enviar o almacenar material infringido, obsceno, amenazador, difamatorio, o material ilegal o tortuoso, incluyendo material perjudicial para los niños o que viole los derechos de privacidad de una tercera parte. (viii) interferir o interrumpir la integridad o rendimiento de modo alguno del SERVICIO o los datos contenidos allí. Es condición de la licencia de uso, que la misma se restrinja al cumplimiento de los fines y funciones propios del giro comercial del CLIENTE. 4.2. El CLIENTE deberá impedir el uso y la realización de dichas acciones por parte de sus dependientes, funcionarios, agentes o terceros e implementar todos los recaudos necesarios en resguardo de los derechos del PRESTADOR. 4.3. El incumplimiento de la presente cláusula por parte del CLIENTE facultará al PRESTADOR a considerar rescindido el contrato y a demandar los daños y perjuicios que la misma hubiere ocasionado. QUINTA: PROPIEDAD DE LOS DATOS. El PRESTADOR no utilizará ningún dato propio, información o material que usted introduzca en XRP durante el uso del SERVICIO a lo que se denomina “DATOS DEL CLIENTE”. SEXTA: PRECIO DE LAS LICENCIAS DE USO 6.1. El precio por el uso del SERVICIO que deberá abonar el CLIENTE al PRESTADOR se determina en función a la cantidad de usuario habilitados en cada una de las diferentes herramientas de XRP y el precio vigente al momento de contratación y/ o renovación del servicio . Dicho monto deberá ser abonados por período mínimos adelantado de seis (6) meses. 6.2. Vencido el período que el CLIENTE hubiese abonado y si su intención fuera renovar el CONTRATO, éste deberá abonar al PRESTADOR en forma adelantada un nuevo período de seis (6) meses. Si vencido el CONTRATO el CLIENTE no hubiese abonado el nuevo período, el PRESTADOR tendrá derecho a impedir el acceso al SITIO y a XRP mediante el bloqueo de password, lo cual es notificado y consentido por el CLIENTE en este acto. 6.3. Cualquier cantidad que se adeude en virtud del CONTRATO y que no sea cancelada en el plazo previsto, producirá su mora de pleno derecho y generará un interés moratorio del 3% mensual a prorrata temporis mientras dure el incumplimiento en favor del PRESTADOR. 6.4. Todos los pagos que deban ser efectuados en virtud del CONTRATO serán realizados por período adelantado del 1 al 10 de cada mes efectuándose mediante el Depósito, Transferencia Bancaria ó donde el PRESTADOR lo indicara en el futuro y los costos emergentes de tal operación correrán por cuenta del CLIENTE. 6.5. Los montos que se establecen como consecuencia de lo dispuesto en el CONTRATO y cualesquiera otras cantidades que puedan adeudarse al PRESTADOR por el CLIENTE serán calculados excluyendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el cual será facturado cuando corresponda al tipo legal vigente en cada momento.6.6. Cualquier otro impuesto presente o futuro que grave el CONTRATO por cualquier concepto será satisfecho por el CLIENTE, conforme lo que disponga en la legislación vigente en cada momento, salvo que las PARTES acuerden oportunamente soportarlo de un modo distinto. En el supuesto de que cualquier cambio en la legislación fiscal aplicable resulte en una disminución de la cantidad neta a percibir por el PRESTADOR, los montos indicados precedentemente serán ajustados en consecuencia para que tal cantidad neta no sufra alteración. Cada parte proporcionará, o pondrá a disposición de la otra, los certificados oficiales de exención, así como la información en materia de impuestos que, de forma razonable, sea solicitada por la otra parte. El impuesto que grave la celebración del presente contrato será soportado en su totalidad por el CLIENTE. 6.7. El CONTRATO no contempla gastos, viáticos, o contribuciones de cualquier naturaleza en este monto, los cuales en su caso y de ser necesarios, serán facturados por separado y adelantados por el CLIENTE. 6.8.1. La falta de pago en tiempo y forma de alguno de los cánones estipulados por el CONTRATO y/o sus anexos respectivos, producirá, a más de los efectos previstos en otras cláusulas del CONTRATO, la mora automática por el solo vencimiento de los plazos y dará derecho al PRESTADOR a su exclusiva y en forma conjunta o indistinta, a su elección a: 6.8.2. Producida la resolución del contrato por culpa del CLIENTE, el PRESTADOR tendrá derecho a reclamarle al CLIENTE a más de los importes adeudados y sus respectivos intereses, el importe equivalente al veinticinco (25) por ciento de los montos de facturación devengado hasta ese momento en resarcimiento de daños y perjuicios ocasionados con motivo de la resolución. Todo ello sin perjuicio de que el PRESTADOR pueda reclamar el pago de los mayores daños y perjuicios que pueda haber sufrido. SEPTIMA: OBLIGACIONES DEL CLIENTE PARA GARANTIZAR EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE XRP. OCTAVA: AUTORIZACIÓN DEL CLIENTE.
NOVENA: RECHAZO DE GARANTIA. B. EL SERVICIO REUNIRÁ SUS REQUISISTOS O EXPECTATIVAS D. LA CALIDAD DE CUALQUIER PRODUCTO, SERVICIO, INFORMACIÓN, U OTRO MATERIAL ADQUIRIDO U OBTENIDO POR EL CLIENTE A TRAVÉS DEL SERVICIO REUNIRÁ SUS REQUISITOS O EXPECTATIVAS F. EL SERVICIO O EL/LOS SERVIDOR(ES) QUE HACEN EL SERVICIO DISPONIBLE ESTÉN LIBRES DE VIRUS U OTROS COMPONENTES DAÑINOS. EL SERVICIO Y TODO EL CONTENIDO ES PROVISTO PARA EL CLIENTE ESTRICTAMENTE EN UNA BASE “COMO ES”. TODAS LAS CONDICIONES, REPRESENTACIONES Y GARANTÍAS, YA SEAN EXPLÍCITAS, IMPLÍCITAS, LEGALES O DE OTRA FORMA, INCLUYENDO, SIN LIMITACIÓN, CUALQUIER GARANTÍA IMPLÍCITA DE COMERCIO, DE BUENA FORMA PARA UN PROPÓSITO PARTICULAR, O UNA NO INFRACCIÓN A LOS DERECHOS DE UNA TERCERA PARTE, SON AQUÍ RECHAZADOS AL MÁXIMO ALCANCE PERMITIDO POR LA LEY APLICADA POR EL PRESTADOR Y SUS CONCESORES. DÉCIMO: RESPONSABILIDADES Y LIMITES10.1. EN NINGÚN EVENTO, NINGUNA DE LAS PARTES PODRÁ SUMAR REPONSABILIDAD EXTRA A LOS MONTOS REALMENTE PAGADOS Y/O A PAGAR POR EL CLIENTE EN EL PERÍODO DE SEIS (6) MESES INMEDITAMENTE ANTES DE QUE SURJA EL EVENTO DE DICHO RECLAMO. 10.2. El PRESTADOR no será responsable en ningún caso del lucro cesante que pudiera sufrir el CLIENTE o un tercero por el uso de XRP 10.3. La Garantía establecida en el presente CONTRATO caducará automáticamente ante cualquier incumplimiento de las obligaciones a cargo del CLIENTE. 10.4. Toda la información almacenada por el Cliente en XRP, en bases de datos y/u otro tipo de archivos son de exclusiva propiedad del CLIENTE. UNDÉCIMA: MODIFICACIONES Y SOPORTE 11.2. EL prestador podrá incluir, agregar, sustituir, quitar o de cualquier manera cambiar el funcionamiento de cualquiera de las partes del servicio cuando lo considere necesario. DÉCIMO SEGUNDA: PROPIEDAD INTELECTUALEl Servicio en su conjunto y el SITIO, así como cada uno de sus elementos integrantes, sus actualizaciones, nuevas versiones, procesos, imágenes, fotografías, animaciones, módulos, videos, audio, música, texto, y aplets o subprogramas incorporados a la misma, así como los materiales impresos o en formato electrónico o digital, que lo acompañan, y toda copia de XRP, forman parte de la propiedad intelectual del PRESTADOR quien retiene todos sus derechos, cuya utilización se permite al CLIENTE dentro de los límites estipulados en el CONTRATO. DÉCIMO TERCERA: CONFIDENCIALIDADCada una de las PARTES manifiesta conocer que las ideas, secuencia, estructura, organización, procedimientos, rutinas, algoritmos, programas e interfaces del usuario, a cuyo conocimiento accede con motivo del CONTRATO, forman parte del secreto comercial de la otra. Las PARTES afirman saber que el mantenimiento de una absoluta reserva respecto de todas y cada una de estas informaciones, constituye una condición esencial para la firma del CONTRATO, dado que el conocimiento por terceros de los secretos de la otra, privaría a aquella de la posibilidad de usufructuar pacífica y exclusivamente de sus informaciones reservadas y derechos de propiedad intelectual. En razón de lo anterior, cada una de las PARTES se obliga a preservar los secretos de la otra con el cuidado de un buen hombre de negocios y a notificar formalmente y por escrito la existencia del secreto y la obligación de mantenerlo en estricta confidencialidad a cualquier miembro de su personal que con motivo del cumplimiento de sus funciones conozca dichos secretos. DÉCIMO CUARTA: PERSONAL DE LAS PARTESTanto el CLIENTE como el PRESTADOR serán responsables exclusivos por los accidentes y/o cualquier contingencia de trabajo que pudiera sufrir el personal a su cargo y/o contratistas. A esos efectos se comprometen a resguardar al personal contratado con seguros adecuados conforme a la legislación vigente. Queda expresamente convenido que tanto el CLIENTE como al PRESTADOR, y en relación a su personal, serán los únicos responsables de las obligaciones legales y/o convencionales que asuma o deba asumir respecto de empleados y contratistas para realizar las actividades previstas en el CONTRATO. Asimismo queda entendido que los empleados del PRESTADOR no podrán nunca ser considerados empleados del CLIENTE y del mismo modo, los empleados del CLIENTE no podrán nunca ser considerados empleados de PRESTADOR DÉCIMO QUINTA: RESCISIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO DÉCIMO SEXTA: CAUSAS DE CADUCIDAD ANTICIPADAEl PRESTADOR podrá rescindir el CONTRATO mediante notificación al CLIENTE, si incurre en una cualquiera de las siguientes causales, que operarán como condiciones resolutorias: a) si pide su convocatoria de acreedores, o se encuentra en estado de cesación de pagos o de quiebra, o en liquidación judicial o extrajudicial; b) si de cualquier manera el CLIENTE o los terceros usuarios habilitados por él realiza en la OBRA operaciones para anular o evitar sus efectos, c) si deja de cumplir con alguno de los términos o condiciones establecidas en el presente y no repara su omisión dentro de los quince (15) días de haber sido requerido mediante simple aviso para ello. DÉCIMO SÉPTIMA: OBLIGACIONES A LA TERMINACIÓN DEL CONTRATOA la terminación del CONTRATO por cualquier causa, el CLIENTE deberá proceder dentro de las cuarenta y ocho (48) horas: a) a borrar de la memoria de los computadores o donde la OBRA se encuentre instalada los programas objeto de la misma y b) a destruir cualquier soporte material de la OBRA que se encuentre en su poder. Dentro de los treinta (30) días, el CLIENTE deberá enviar a PRESTADOR constancia documentada de haber cumplido estas obligaciones. El CLIENTE autoriza por medio del presente en forma expresa e irrevocable al PRESTADOR, a verificar en las oficinas del CLIENTE el cumplimiento de la obligación asumida en virtud de la presente cláusula. DÉCIMO OCTAVA: INDEPENDENCIA DE LAS PARTESLas PARTES del CONTRATO son entidades por completo independientes. El presente no constituye ninguna forma de asociación, ni transitoria ni permanente. Ninguna parte adquiere obligaciones o derechos distintos de los explícitamente indicados en este contrato, ni tampoco tiene la representación de la otra parte a ningún efecto. DÉCIMO NOVENA: NO EXCLUSIVIDAD. VIGÉSIMA: NO COMPETENCIA. VIGÉSIMO PRIMERA: CESIÓN. El CONTRATO será obligatorio para los sucesores y cesionarios autorizados por el PRESTADOR. Cualquier cesión de las contempladas como autorizadas por el presente que se practicare deberá ser notificada al PRESTADOR, dentro del plazo de siete (7) días hábiles de ocurrida. VIGÉSIMO SEGUNDA: DISPOSICIONES GENERALES24.1. Los títulos de las cláusulas del presente, no forman parte del mismo, su finalidad es exclusivamente para comodidad de lectura y no limitan ni amplían lo convenido en el texto que encabezan. 24.2. Si alguna de las previsiones de este CONTRATO resultara inválida, tal invalidez no acarreará la del resto de lo convenido, que permanecerá con plena fuerza y efecto. 24.3. Cualquier renuncia de derechos o tolerancia respecto del cumplimiento de los términos del CONTRATO, tendrá efectos obligatorios solamente si ha sido concedida por escrito, se aplicará únicamente a los casos especificados, y no afectará la exigibilidad de los términos y condiciones convenidas en el presente. 24.4. El CONTRATO expresa todos los términos convenidos entre las PARTES, y reemplaza toda y cualquier previa provisión, compromiso o propuesta no incluida en él. 24.5. Todas las notificaciones requeridas o permitidas por el presente, se efectuarán por escrito en el domicilio de las PARTES mencionado en la cláusula vigésimo quinta. |
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